Necesidad de redescubrir el patrimonio de la verdad
“El fenómeno de las uniones matrimoniales irregulares ha experimentado un continuo crecimiento en los últimos decenios y pone de manifiesto la crisis del matrimonio y la familia (…) Se trata de una crisis que hunde sus raíces en la visión antropológica de la misma…. Los problemas que están implicados son muchos y profundos, y ante ellos la Iglesia está llamada, ante todo, a redescubrir su patrimonio de verdad, para caminar en la dirección adecuada y no perderse en los recovecos de la duda, de las insidias, de las culturas y de las dificultades objetivas de los problemas y de la pastoral”, advirtió el Cardenal de Paolis. Para ello es fundamental que el punto de partida para el estudio y reflexión sea “la doctrina de la Iglesia”.
El estado de gracia, condición para la comunión
El cardenal De Paolis se ha preguntado también “si es competencia de un Sínodo de Obispos tratar una cuestión como ésta”, pues “el valor de la doctrina y de la disciplina vigente de la Iglesia se han formado a lo largo de los siglos y están sancionadas con intervenciones del magisterio supremo de la Iglesia”. El acceso al sacramento de la Eucaristía en estos casos no es una cuestión de disciplina de la Iglesia: la condición fundamental para una participación digna y fructuosa en la Eucaristía es “el estado de gracia”, y éste implica el dolor del pecado cometido y el propósito de no volver a pecar, así como la referencia al sacramento de la Penitencia, que es el sacramento del perdón y la reconciliación.
Nos encontramos, dice De Paolis, ante “una disciplina fundada en el derecho divino”. En el caso de que se accediera a esta propuesta, los efectos serían graves: “Admitir a la comunión eucarística a una persona en estado de pecado mortal, con peligro de sacrilegio y de profanación de la Eucaristía, comprometiendo su salvación eterna; poner en discusión la moral sexual, fundada particularmente en el sexto mandamiento; y dar relevancia a la convivencia o a otros vínculos, debilitando el principio de la indisolubilidad del matrimonio”.
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Asimismo, en los casos en que hay obligaciones como la presencia de hijos, este camino de conversión “debe prever necesariamente el abandono de esa situación y tener como meta la participación en la Eucaristía”; en este sentido, “no se puede recurrir simplemente a un perdón misericordioso, a una dispensa o a una exención. Tampoco se puede plantear la hipótesis de una necesidad pastoral. Para estos elementos la ley moral no prevé y no permite estas vías de escape”.
“La Iglesia no puede actuar de otra manera”, señaló el cardenal. Los divorciados y en concreto los divorciados vueltos a casar se encuentran en las personas por las que la Iglesia se preocupa: “Reza por ellos, los anima, se presenta como madre misericordiosa y los sostiene en la fe y en la esperanza (…) no los abandona a sí mismos”. El cardenal añadió que la Iglesia debe ponerse a la escucha del mundo y de los fieles, pero sabiendo que la respuesta que debe ofrecer no es suya, sino del mismo Dios; los remedios para el pueblo de Dios no son ni pueden ser los que invente la sabiduría humana, sino los que provienen de Dios”.
Yolanda García
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