3 de junio de 2015

La presentación y elección de delegados para la Convención Territorial, un paso fundamental en el proceso de revisión de los Estatutos del Regnum Christi

Los miembros seglares del Regnum Christi están viviendo en este momento la segunda fase del proceso de revisión de los Estatutos. Además de la reflexión y propuestas que deben hacerse a partir del Documento de Trabajo, los miembros de 1º y 2º grado deben elegir a los delegados que les representarán en la Convención Territorial en febrero de 2016. Estos delegados serán los responsables de hacer propuestas para la elaboración de los nuevos Estatutos, partiendo del trabajo previo que se ha hecho en este tiempo en el territorio. Ahora bien, ¿quién puede ser delegado y cómo se le elige? Aquí te lo explicamos.




Cualquier miembro incorporado de 1º y 2º grado podrá votar para elegir a los delegados que irán a la Convención Territorial. Pero para esto es imprescindible registrarse antes a través del sitio web www.rcstatutes.org. Cuando concluya el periodo de registro, se hará público el número de registrados y la lista de los miembros que pueden ser votados en cada colegio electoral.

El registro, que necesariamente ha de ser on line, comenzó el pasado 7 de mayo y concluirá el 15 septiembre 2015. Puede votar cualquier miembro incorporado de 1º y 2º grado, pero para ser delegado es necesario estar registrado, tener 18 años y llevar al menos 3 años incorporado.

Otro dato a tener en cuenta es que al registrarse los miembros del movimiento deberán indicar el colegio electoral al que pertenecen y se le preguntará si está dispuesto a ir a la Convención Territorial en caso de ser elegido.

Si una persona no puede registrarse on line, en las secciones se habilitarán ordenadores desde los cuales se podrá hacer efectivo este requisito.

¿Qué es un colegio electoral y cuál es su sentido?

Es un grupo de miembros de 1º y 2º grado, delimitado por la Comisión Territorial, que pueden votar y ser votados entre sí para ser delegados en la convención territorial. Se han establecido teniendo en cuenta lo siguiente:

1. Que todas las realidades del territorio puedan ser representadas en la Convención Territorial (p. ej. zonas geográficas, edades, etc.).
2. Que los miembros de un mismo colegio electoral se conozcan entre sí, en la medida de lo posible.
3. Que el número estimado de miembros incorporados al Regnum Christi en cada colegio electoral tenga un tamaño similar, en la medida de lo posible.

Justamente por esto, los miembros procurarán, antes de la votación, conocer a quienes se ofrecen para ser delegados.

Colegios electorales en España
Con estos criterios, en nuestro territorio, existen los siguientes colegios electorales:
  1. Señores Madrid
  2. Señoras Madrid
  3. Jóvenes Madrid
  4. Señoras y Señores Barcelona
  5. Jóvenes Barcelona
  6. Señoras y Señores Sevilla
  7. Jóvenes Sevilla
  8. Córdoba
  9. Señoras y Señores Valencia
  10. Jóvenes Valencia
  11. Salamanca
  12. Mallorca

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