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9 de diciembre de 2015

Monseñor Carlos Osoro suprime las tasas judiciales y fija unos máximos para los abogados en los procesos de nulidad matrimonial

El pasado martes, al finalizar la Misa en la catedral de La Almudena con motivo de la Inmaculada Concepción, el arzobispo de Madrid, monseñor Carlos Osoro, hizo público el decreto por el que se aplica en su diócesis el motu proprio Mitis Iudex Dominus Iesus, sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio. De esta forma responde a las indicaciones que había dado el Papa Francisco con el fin de que estos procesos de nulidad matrimonial no se prolongaran demasiado, sean cercanos a las personas, y se evite que haya personas que no los inicien por causas económicas.



En el texto del decreto, el arzobispo de Madrid dispone:

1. La supresión de todas las tasas judiciales en el Tribunal Eclesiástico Metropolitano de Madrid.
2. Con el fin de colaborar al sostenimiento de la Iglesia, se invitará a todos los cristianos y a quienes utilicen este servicio pastoral a ofrecer un donativo en la medida de sus posibilidades.
3. El Tribunal Eclesiástico Metropolitano ofrecerá a todos la posibilidad de estar asistido en el proceso gratuitamente por un abogado.
4. Quienes, no obstante, prefieran la asistencia particular de otro abogado, podrán hacerlo libremente, ateniéndose a las prescripciones vigentes en el Tribunal Eclesiástico Metropolitano de Madrid.
5. Estos abogados particulares, para ser admitidos en el proceso, deberán estar incluidos en el elenco de letrados del Tribunal, estar en posesión de una adecuada formación en Derecho Canónico, debidamente acreditada, preferentemente licenciatura o doctorado en Derecho Canónico, y sus emolumentos no deberían ser superiores a 2.500 € en el proceso ordinario y 1.000 € en el proceso más breve.




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