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4 de mayo de 2015

A partir de 2015, aumentan las deducciones fiscales por donativos a las entidades sin fines lucrativos

El gobierno ha cambiado algunos aspectos del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo desde el 1 de enero de este año. Uno de los aspectos más sustanciales de la nueva ley (Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades) es que se produce un considerable incremento de los porcentajes de deducción relativos a donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción. Pasando en algunos casos a llegar al 75%.

A continuación te lo explicamos con más detalle.

 
En concreto:

a) Los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Estos tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra resultante de su declaración, el resultado de aplicar a la base de la deducción correspondiente al conjunto de donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción, la siguiente escala (comparativa de los ejercicios 2015, 2016 y siguientes, respecto de 2014):

Importe donativo
Porcentaje deducción 2014
Porcentaje deducción 2015
Porcentaje deducción 2016
Los primeros 150€ donados
25%
50%
75%
A partir de los primeros 150€
25%
27,5%
30%
3 años donando a la misma institución
25%
32,5%
35%

Pongamos un ejemplo: Un donante en el 2015 entrega a la Congregación un donativo dinerario de 200 euros, en el 2014 donó 200 euros y en el 2013 donó 250 euros. En este caso respecto al donativo entregado en el 2015 tendrá derecho a una deducción de 75 euros (50% sobre 150 euros) más una deducción 16,25 euros (32,5% sobre los 50 euros restantes), que da una deducción total de 91,25 euros mientras que con la anterior normativa hubiera tenido derecho únicamente a una deducción de 50 euros. El donante de nuestro ejemplo, en términos de porcentajes, conseguirá una deducción del 45,625%, mientras que hasta el 2014 era del 25%.

b) En cuanto a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (IS)
Por su parte, estos tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra, el resultado de aplicar a la base de la deducción correspondiente al conjunto de donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción los siguientes porcentajes (comparativa de los ejercicios 2015, 2016 y siguientes, respecto de 2014):

Donativo
Porcentaje deducción 2014
Porcentaje deducción 2015
Porcentaje deducción 2016
3 años donando a la misma institución
35%
37,5%
40%
General
35%
35%
35%


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