El gobierno ha cambiado algunos aspectos
del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo
desde el 1 de enero de este año. Uno de los aspectos más sustanciales de la
nueva ley (Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades) es
que se produce un considerable
incremento de los porcentajes de deducción relativos a donativos, donaciones y
aportaciones con derecho a deducción. Pasando en algunos casos a llegar al 75%.
A
continuación te lo explicamos con más detalle.
En concreto:
a) Los contribuyentes del Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
Estos tendrán derecho a deducir de la
cuota íntegra resultante de su declaración, el resultado de aplicar a la base
de la deducción correspondiente al conjunto de donativos, donaciones y
aportaciones con derecho a deducción, la siguiente escala (comparativa de los
ejercicios 2015, 2016 y siguientes, respecto de 2014):
Importe donativo
|
Porcentaje deducción 2014
|
Porcentaje deducción 2015
|
Porcentaje deducción 2016
|
Los primeros 150€ donados
|
25%
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50%
|
75%
|
A partir de los primeros 150€
|
25%
|
27,5%
|
30%
|
3 años donando a la misma institución
|
25%
|
32,5%
|
35%
|
Pongamos un
ejemplo: Un donante en el 2015 entrega a la Congregación un donativo dinerario de 200 euros, en el 2014 donó 200 euros y en el
2013 donó 250 euros. En este caso respecto al donativo entregado en el 2015
tendrá derecho a una deducción de 75 euros (50% sobre 150 euros) más una
deducción 16,25 euros (32,5% sobre los 50 euros restantes), que da una deducción total de 91,25 euros mientras que con la anterior normativa
hubiera tenido derecho únicamente a una deducción de 50 euros. El donante de
nuestro ejemplo, en términos de porcentajes, conseguirá una deducción del
45,625%, mientras que hasta el 2014 era del 25%.
b) En cuanto a los contribuyentes del
Impuesto sobre Sociedades (IS)
Por su parte, estos tendrán derecho a
deducir de la cuota íntegra, el resultado de aplicar a la base de la deducción
correspondiente al conjunto de donativos, donaciones y aportaciones con derecho
a deducción los siguientes porcentajes (comparativa de los ejercicios 2015,
2016 y siguientes, respecto de 2014):
Donativo
|
Porcentaje deducción 2014
|
Porcentaje deducción 2015
|
Porcentaje deducción 2016
|
3 años donando a la misma institución
|
35%
|
37,5%
|
40%
|
General
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35%
|
35%
|
35%
|
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